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 ¿Licencia especial para arcos caseros?

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alcachofa
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MensajeTema: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 13:23

Alcachofa me dijo en un mensaje que para las ballestas caseras no hace falta la Licencia de Armas de tipo E, (asimilable a escopetas y carabinas del 22), como sin embargo dice el Reglamento de Armas vigente, sino que hay una licencia especial.
Yo, por más que miro y remiro el Reglamento de Armas, y más después de la última reforma del año pasado, no veo la mención a ballestas caseras por ninguna parte.
Si valiera para ballestas, digo yo que mucho más valdría para arcos caseros, ¿no?
Todos nuestros problemas de alegalidad, resueltos de repente.
¿Alguien sabe algo?
¿El propio Alcachofa nos lo puede aclarar?
Gracias.
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 16:01

6. categoría:
1. Armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, conservadas en
museos autorizados por el Ministerio de Defensa, si son dependientes de cualquiera de los tres
Ejércitos, y por el Ministerio del Interior, en los restantes casos.
2. Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de
enero de 1870, y las reproducciones o réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar
municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias
de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Guardia Civil.
3. Las restantes armas de fuego que se conserven por su carácter histórico o artístico,
dando cumplimiento a lo prevenido en los artículos 107 y 108 del presente Reglamento.
4. En general, las armas de avancarga.

5. Armas de inyección anestésica capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o
control de animales, anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.
6. Las ballestas.
7. Las armas para lanzar cabos.
8. Las armas de sistema Flobert .
9. Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que
sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.
10. Los revólveres o pistolas detonadoras y las pistolas lanzabengalas.[quote]



Lo que no dice aqui, es que las ballestas son hasta 125 libras (creo)
entonces las ballestas estan 2 veces, una en la categoria 6 para las "flojas"
y otra en la misma que la escopeta (E) para las "fuertes"

Yo almenos no he tenido ningun problema así, las ballestas caseras como no llegan a a 125 libras se inclyen en la sexta categoria.
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iurde
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 20:11

Claro que no dice que las ballestas son hasta 125 libras. Ni hasta 100 libras, ni hasta 20.
Dice "ballestas", y ahí entran todas las ballestas.

Las armas de 6ª categoría son armas de fuego.
Las ballestas ahí no pintan nada.
Que yo sepa (y así lo dice el Reglamneto de Armas), requieren licencia E:
las escopetas, las carabinas del calibre 5,56 (22 americano), las carabinas de aire comprimido que superen los 24,2 julios de potencia en boca de l cañón, las BALLESTAS (no dice nada de potencias) y las armas para lanzar cabos. (Artículos 96 y 101)
Las ballestas son armas que requieren licencia E tengan la potencia que tengan.
Hasta ahora no has tenido problemas, pero los puedes tener.
Y más gordos que si te pillan con un arco, toda vez que las ballestas son armas que requieren licencia, cosa que los arcos no.
Mira el régimen sancionador, y verás a lo que te expones.
El delito de "Tenencia ilícita de armas" te dice algo?
Eso no viene en el Reglamento de Armas, sino en el Código Penal. Artículo 563, si mal no recuerdo.
Para mayor seguridad, consulta a un abogado (o contrata los servicios de Legalitas, por ejemplo).

Sigo sin ver lo de la licencia especial para ballestas caseras en todo el Reglamento...
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 20:19

No se, hace mucho que me saque la licencia, por si acaso iré mañana al cuartel a preguntar.

Si es cierto lo que dices me habrás sacado de una buena.

Pero a mi me dejaron así, y ningun gardia ni forestal me ha llamado la atención.
Tambien tengo licencia tipo E, si dices que es la que toca no creo tener problemas.
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iurde
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 20:37

Ya, pero es que además de la licencia, tienes que tener la guía del arma, y para eso, el arma debe tener un número de serie, y estar homologada en un banco de pruebas europeo.
¿Vas viendo lo complicado del caso?
Si tienes un arma sin guiar porque no tiene número de serie, es como si la tienes con el número borrado.
Te puede caer una buena.
Imagina tener una escopeta, pero no guiarla, porque "como ya tienes la licencia E"...
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 21:05

Lar armas compradas tienen todas su numero y tal. (EXCEPTO EL MERCADO NEGRO CLARO)
Tengo una ballesta Horton que compré y tiene su numero igual que una escopeta.
Pero claro la ballesta la hice yo, no tiene numero ¿sabes si hay que ir a un cuartel o algo a que te la revisen y le pongan la guia?
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narsio
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 21:55

pues si vas al cuartel,creo yo que pueden "suseder" tres cosas:

1-que se rian(dificil,pero posible)

2-que te miren como las vacas al tren(muy propio de gentes de tanta enjundia)

3-que te la incauten y te empuren(alto probable como tropieces con uno de piñon fijo)
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alcachofa
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 22:46

No se, alguno de los guardias es amigo mio, son majos todos, los cambiaron hace poco, los trajeron a todos andaluces pero se han hecho muy rápido al pueblo.

La ballesta mata jabalís, y no ni uno ni dos... Es una putada si resulta que todo este tiempo he estado cazando con un arma ilegal creyendo que estaba todo en regla.

Es de fibra de vidrio, me ayudó a hacerla un amigo y parece real.
Vamos que es facilmente confundible con cualquier ballesta de 125 lb para caza menor.
Aunque el cuerpo es de madera y aluminio, y ahora la mayoria son de fibra de carbono.

No sé que hacer, si hubiera algun guardia en el foro que me pudiera aconsejar.

Está pintada, la hice basándome en un modelo de caza (no recuerdo la marca).

Si consigo cámara subiré una foto al foro, estoy orgulloso de ella, es lo unico un poco majo en mis creaciones.
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jabalí
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 23:09

hola.

Aparte de la guia del arma (que dudo que te den pues no esta homologada) el permiso de armas, la licencia de caza de la comunidad y para el caso de los arcos un permiso especial de uso que te han de conceder para un momento determinado y no en todos los terrenos es posible, vamos que es un tramite cojonudo.

yo tengo una guia de cada escopeta y cada rifle y no me he comprado un arco porque si lo tiene legal vas a cazar dos dias al año.

un saludo
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toremore
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyLun 05 Mar 2012, 23:53

Joer 125 lbs. ¿Caza menor? pero si con eso pinchas bien a un elefante ¿no? Wink
A mi no me importaría ver alguna foto de la ballesta, vamos que me gustaría y algún detalle se agradecería.

No tengo info de interés en la cuestión de la legalidad,... soy fito, neó-fito. Las armas de fuego me dan muucho yuyu, que en una me podían haber matao, pero no entiendo porqué estan junto a ellas las ballestas Embarassed . Está claro que cargadas, todas son muy peligrosas, pero he visto blandir con pericia un bolígrafo -de veras- (perdón por la chunga, pues está claro que no es comparable).

A ver si ahora hay que seriar los arcos artesanales maisu y sacar permiso de armas pa disparar a unos cartones. En este país hay mucho desquiciado con ganas de tocar la moral y presto a "evidenciar su autoridad", como con los cuchillos/cortaplumas.

Un saludo a todos y cuando veáis a los de verde sin llevar el "material" encima, pues a tocar un poco la moral, a ver si así se legisla convenientemente y con claridad meridiana, sin ambigüedades ni resquicios (este sigue siendo el país de la trampa).
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Endovellico
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyMiér 07 Mar 2012, 09:27

toremore escribió:

No tengo info de interés en la cuestión de la legalidad,... soy fito, neó-fito. Las armas de fuego me dan muucho yuyu, que en una me podían haber matao, pero no entiendo porqué estan junto a ellas las ballestas Embarassed . Está claro que cargadas, todas son muy peligrosas, pero he visto blandir con pericia un bolígrafo -de veras- (perdón por la chunga, pues está claro que no es comparable).
A ver si ahora hay que seriar los arcos artesanales maisu y sacar permiso de armas pa disparar a unos cartones. En este país hay mucho desquiciado con ganas de tocar la moral y presto a "evidenciar su autoridad", como con los cuchillos/cortaplumas.
Un saludo a todos y cuando veáis a los de verde sin llevar el "material" encima, pues a tocar un poco la moral, a ver si así se legisla convenientemente y con claridad meridiana, sin ambigüedades ni resquicios (este sigue siendo el país de la trampa).


Hola

La diferencia entre una ballesta y un arco, es que la ballesta se puede mantener cargada sin esfuerzo físico, y por tanto es susceptible de disparo accidental (alguno podeis alegar que el disparador de los arcos de poleas tambien puede fallar y dispararse pero se supone que al abrir el arco lo estas haciendo hacia un lugar seguro, asi que no es comparable). Por eso necesita licencia, y el Reglamento no habla en ningun sitio de límite de libras ni nunca he oido que tal cosa existiese.

Para cazar con arco hay que mirar la normativa de caza de cada comunidad. En Castilla y León se necesita la licencia "normal" de caza con su seguro obligatorio, tarjeta federativa que ampare la posesión del arco y que el coto contemple la caza con arco en su plan cinegético. En otras comunidades es obligatorio un examen de cazador-arquero que normalmente gestiona la Federación de Caza.

Por mi parte, y viendo lo que comentais, debo de haber dado con los únicos GC,s amables del mundo mundial, porque cada vez que he tenido que consultarles o hace trámites con ellos (y os aseguro que he hecho muchos), solo he encontrado ayuda y amabilidad.



Saludos
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyMiér 07 Mar 2012, 11:11

Gracias Endovellico, está justificado en ese sentido, está claro, pero el potencial de peligrosidad,... es como que te incauten una opinel que llevas para el chorizo. Sí por aquí acostumbrados a arbitrariedades
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iurde
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyMiér 07 Mar 2012, 11:30

Total, que alcachofa no nos aclara de dónde sacó lo de la licencia especial para ballestas de menos de 150 libras.
Desde luego, del Reglamento de Armas, no.
Y de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, tampoco.
Ni de ninguna Ley de Caza de ninguna Comunidad Autónoma, porque son de inferior rango que las otras dos normas estatales, y no pueden contradecirlas.
Ni de la comunicación verbal de ningún agente de la autoridad.

Alcachofa, ¿de dónde sacaste esa información, por favor?
Esperamos tu respuesta, gracias.
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyMiér 07 Mar 2012, 16:00

No se, licencia especial yamo al sexto grupo. La licencia me la saqué hace mucho, y en Aragón.
No se si aqui es diferente, o era.. Lo del limite de libras no es así, pero estoy casi seguro de que hay algo parecido, sobre el tipo de ballesta.
Si no, por la misma regla, las ballestas de 20 libras para niños tambien necesitarian licencia.

El arco no, para cazar con arco necesitas tener 14 años minimo, si no eres mayor de eedad permiso de tu tutor legal, y un permiso a modo de seguro para tenerlo, si quieres cazar con el la licencia de caza, la misma que para armas de fuego.

PD: lo que puese arriba del sexto grupo lo copié del libretito de mi licencia, no me lo inventé.

De todas formas iré cuando pueda al cuertel y me informaré de como va la cosa ahora.

Subiré lo que me cuenten, aunque Aragón tiene leyes diferentes al resto de España en muchas cosas, igual en esto tambien no se.
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MensajeTema: Re: ¿Licencia especial para arcos caseros?   ¿Licencia especial para arcos caseros? EmptyMiér 07 Mar 2012, 17:56

Tienes un problema con tu interpretación de la Ley.

El 6º grupo no existe. Es 6ª Categoría y es la de armas antiguas o históricas.
Las ballestas y los arcos entran en la 7ª Categoría.
Las ballestas -hasta las de niño, ése es el problema- requieren Licencia de Armas de clase E.
Los arcos no requieren licencia de armas, pero sí una tarjeta deportiva (que no Licencia Federativa) que acredite a su titular como practicante de alguna modalidad deportiva (¿y recreativa o científica?) relacionada con el tiro con arco.

Le puedes echar un vistazo a esto:
http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/index.html
Pincha en "Control de las armas", y luego, en el menú de la izquierda puedes ir leyendo cada artículo.

También puedes mirar algo sobre la reforma del Reglamento que tuvo lugar el año pasado.
Hay un hilo en el foro sobre ello.
Y con Google también encuentras mucho por la red, porque la Reforma trajo mucha polémica.

Pero procura aclararte antes de concluir por tu cuenta y riesgo que hay una licencia especial para ballestas caseras.

La Ley de Caza de Aragón, como las de todas la Comunidades Autónomas, regula las especies cinegéticas, las fechas de apertura y cierre de vedas, las modalidades de caza y los espacios en los que se autoriza.
Pero nada más, y aún menos sobre tenencia, uso y guía de armas, que es normativa y competencia estatal.
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